Avalada por 59 votos, la Asamblea Legislativa aprobó la tarde de este jueves la nueva Ley del Consejo Superior de Salud Pública y de las Juntas de Vigilancia de las Profesiones de la Salud, misma que tendrá los alcances para regular, autorizar, vigilar y sancionar a los profesionales y establecimientos que prestan servicios de salud.
La nueva ley conformada por casi un centenar de artículos, 96 en total, relevará la normativa que rige al Consejo Superior de Salud Pública (CSSP), que data el 28 de agosto de 1958 y que está vigente desde el 10 de septiembre del mismo año.
El CSSP, que tiene la responsabilidad de verificar, evaluar la infraestructura, el equipamiento, y funcionamiento en la calidad de los establecimientos de salud, lo integrarán un presidente y un secretario general nombrados por el Órgano Ejecutivo, y además por tres profesionales de la salud y sus respectivos suplentes de cada uno de los siguientes gremios: médico, odontológico, químico farmacéutico, médico veterinario, psicología, entre otros.
En tanto las Juntas de Vigilancia se integrarán con cinco miembros electos y sus respectivos suplentes por los profesionales de su respectivo gremio.