El Gobierno del presidente Nayib Bukele ha propuesto fortalecer el marco legal para seguir promoviendo la atracción de inversiones que generan un impacto directo en la economía nacional. Con ese propósito, el Órgano Ejecutivo envió a la Asamblea Legislativa, por medio del Ministerio de Hacienda, tres iniciativas, que fueron ingresadas durante la plenaria ordinaria 65, para su respectivo estudio en la comisión de hacienda y especial del presupuesto.
Una de las mociones propone la aprobación de un régimen especial para facilitar y promover el establecimiento de la capacidad técnica y administrativa del personal que labore para entidades que desarrollen nuevas inversiones en El Salvador.
En esta iniciativa se plantea, en el caso de contrataciones por servicios profesionales, una tasa de retención en concepto de pago definitivo del Impuesto Sobre la Renta (ISR), igual a la establecida en el artículo 156 del Código Tributario (10 %), aplicada a personal contratado por los inversionistas, ya sea por honorarios, comisiones, sueldos y toda clase de remuneraciones o compensaciones por dichos servicios.
Lo anterior debido a que se ha identificado la necesidad de establecer condiciones que les permitan a los inversores traer su propio personal no domiciliado, o contratar a personal técnico con domicilio en El Salvador, así como la transferencia de tecnología a nivel local.
Una segunda iniciativa del Ejecutivo solicita la aprobación de un régimen especial para incentivar y facilitar las inversiones de alto valor; es decir, aplicable a inversiones de una cuantía igual o mayor a $2,000 millones, en inversión; o en patrimonio, para el desarrollo de cualquier actividad económica.
La moción establece algunos beneficios, como la exención del ISR respecto de las utilidades, dividendos, regalías, rentas, ingresos, ganancias de capital o todo tipo de beneficios económicos que obtengan a partir de la vigencia de las nuevas disposiciones, que se aplicará a titulares de nuevas inversiones de alto valor que se establezcan o se trasladen al país.
Como consecuencia del punto anterior, los inversionistas no estarían obligados a declarar la renta, únicamente a cumplir con el pago establecido en la primera iniciativa.
El proyecto de decreto establece la exoneración del pago del impuesto sobre la transferencia de bienes inmuebles que sean utilizados en el desarrollo de actividades económicas. Así mismo, exime del total de los impuestos municipales sobre el activo.
Los inversores tendrán la prerrogativa de no pagar los Derechos Arancelarios a la Importación (DAI) e impuestos por la importación de los bienes, insumos, maquinarias, equipos y herramientas necesarias e indispensables para el desarrollo de sus actividades.
Con la tercera iniciativa presentada, se busca la aprobación de una ley de entidades de banca de inversión, que propone crear un marco de servicios transparentes, confiables y ágiles, para inversionistas sofisticados que contribuyan al desarrollo del país.
Este cuerpo normativo, que contiene 73 artículos, detalla que «es indispensable que El Salvador adopte las herramientas para regular y promover nuevas alternativas financieras que potencien la economía, convirtiendo al país en un destino atractivo para inversionistas y grandes capitales».
Además, plantea la forma de constitución de las entidades de banca de inversión, determina su organización, administración y funcionamiento.
También determina que dichas entidades serán previamente autorizadas por la Superintendencia del Sistema Financiero, y podrán solicitar autorización para realizar actividades como Proveedores de Servicios de Activos Digitales, Emisores de Activos Digitales y Proveedores de Servicios Bitcoin de conformidad a la Ley de Emisión de Activos Digitales, Ley Bitcoin, reglamentos y demás normativa aplicable; siempre dirigidas de manera exclusiva a inversionistas sofisticados.







