El deber ser de la Superintendencia de Competencia es cuidar que los mercados se desarrollen bajo reglas claras para todos sus actores y que generen un ecosistema que favorezca la competitividad, y en consecuencia a los consumidores.
Para responder a este mandato de ley, la institución realiza constantes indagaciones de los actores empresariales y recientemente solicitó información a cuatro gremiales del sector de carga terrestre centroamericana, y de estas, tres correspondieron a los requerimientos, informó el superintendente de Competencia, Gerardo Henríquez.
«En este caso en específico, el artículo 41 [de la Ley de Competencia] da la facultad al superintendente de realizar actuaciones previas, que es un procedimiento de investigación que tiene por objeto revisar o establecer cuáles son las condiciones de competencia en cierto mercado», explicó el funcionario.
Especificó que, de los cuatro requerimientos de información, en tres casos le solicitó documentación sobre exactamente los mismos aspectos de su dinámica comercial a la Asociación de Empresarios de Transporte Centroamericano (Asetca), Asociación Salvadoreña de Agencias de Carga y Transitarios (Asac) y Asociación Salvadoreña de Transportistas Internacionales de Carga (Astic).
Mientras que a la Asociación de Transportistas de Carga de El Salvador (Atcasal) se le pidió una entrevista presencial para requerir información.
Sin embargo, solo Astic hizo caso omiso del requerimiento de la institución gubernamental, lo que la hizo acreedora a una multa de $87,600. Esto pese a que los detalles requeridos se encuentran dentro de la rutina y que las asociaciones fueron informadas de que principios de confidencialidad siempre son respetados.
«Astic ha roto récord o ha hecho algo sin precedentes porque nunca en la historia de la Superintendencia de Competencia alguien había dado omisión total a una solicitud de información», señaló Henríquez.
Según el superintendente, la gremial, más allá de no cumplir la solicitud tampoco presentó justificación del por qué no se atendió lo requerido, pese a que contó con 10 días de plazo y tres más de prórroga para hacerlo.
Amplió que, ante esta negativa las instancias internas determinaron la multa contra la gremial, que debe ser pagada el próximo 18 de mayo como fecha límite y reiteró que, pese a la sanción, la institución se encuentra analizando estrategias para conseguir la información que necesitan conocer por parte de los transportistas.
Además, indicó que para determinar el monto de la multa, que obedece a la infracción de falta de colaboración, la Superintendencia tomó en cuenta la capacidad de pago del multado.