En esta cuarta y última reflexión sobre la posibilidad y la necesidad de una nueva constitución para El Salvador, por todas las razones socio-políticas, económicas, jurídicas, históricas y hasta filosóficas que he señalado, abordaré ahora la posible conformación de ese nuevo pacto social, desde la manera en que debería plantearse a la población, hasta la manera en que podría estructurarse la misma en términos jurídico-políticos o político-jurídicos, como se quiera expresar.
En relación con el planteamiento de la nueva constitución, está claro que nos encontramos en una circunstancia y «momentum» político, donde las debilitadas y poco representativas fuerzas de oposición –inclúyase en este «selecto club» a las organizaciones amanuenses de la «sociedad civil», «tanques de pensamiento» de toda índole y hasta jurídicas–, que aunque como digo debilitadas y a las puertas de su final político –al menos como actores políticos determinantes–, aún se encuentran enquistados en instituciones de poder político y además mediante la mecánica de la rancia partidocracia han colocado sus «piezas» y sus operadores en instituciones claves del país; y por ello en ese feroz y brutal ataque contra el gobierno, que tienen en forma forajida, comprendo muy bien que es casi imposible el planteamiento de una nueva constitución, pues como ya vimos, ahí viene el desgastado estribillo barato de que la intencionalidad es la de buscar la reelección presidencial continua, además de otros usos electorales que sin duda le darían.
Eso lo entiendo muy bien. Por ello, el planteamiento de una reforma constitucional me parece políticamente acertado, con todo y que intentar o al menos plantear el intento de ponerle «parches» a una constitución tan desfasada, desgastada, de muchas formas anacrónica y que cobija un sistema político y un orden económico diseñado para proteger intereses de élites oligárquicas, se vuelva una tarea casi que como hacer calzar el cuadrado en el redondo o algo así como intentar darle vida a una especie de Frankenstein constitucional. Pero bueno, política y contextualmente quizás ese sea el camino en este momento. La política es dinámica y versátil, hay «momentums» políticos, y cada «momentum» político tiene su afán. La constitución de la cuarta república debe ser la constitución del siglo XXI. La constitución que establezca el nuevo sistema político, el orden económico que privilegie a las grandes mayorías del país y el sistema político que refleje una nueva concepción del ejercicio del poder y de una concepción moderna de democracia, que supere por mucho las taras conceptuales que de democracia representativa tiene esta moribunda constitución de la tercera república.
Una constitución que, por ejemplo, supere las taras sobre la reelección continua, cuya prohibición se hace por el miedo a las dictaduras que le precedieron y no es vista como hoy en día, que es considerada en muchas jurisdicciones y doctrinas constitucionales un derecho humano en sí mismo: Si el derecho a ser elegido para un cargo de elección popular es considerado como un derecho humano. ¿Acaso el derecho a la reelección no lo es?, por mencionar un caso. En el caso de los derechos humanos y sus garantías, junto a los derechos individuales de libertad clásicos se suman los derechos sociales y laborales y las obligadas prestaciones de los Estados para hacerlos efectivos. Además, se suman los llamados derechos de la tercera generación sobre la paz, el desarrollo y el medioambiente. El derecho al desarrollo es la expresión de la lucha por cerrar esa brecha de desequilibrios entre el desarrollo avanzado y el subdesarrollo excluido y marginal.
El derecho a la paz sigue siendo una reivindicación en medio de una violencia tan amplia y extendida, no solo por los conflictos bélicos, sino por la desintegración social en donde las organizaciones criminales y mafiosas ocupan el vacío que Estados fallidos propician. Hay una especie de clamor universal por una democracia que no sea meramente formal y limitada al derecho del sufragio, sino mediante una participación más intensa y cotidiana de los ciudadanos. En fin, hay novedades conceptuales dogmáticas que requieren un nuevo diseño de Estado a su servicio, que una mera reforma constitucional por muy sincera y buena que se quiera hacer no podrá superar el hecho de cambiar la estructura conceptual y orgánica de un determinado modelo de Estado, ya desfasado y gastado. Pretender hacer reformas constitucionales sobre un régimen político moribundo, sobre un Estado moribundo es como pretender vestir con ropajes nuevos y parches nuevos al viejo espantapájaros de la cosecha. Por ello, soy de la firme convicción de que la hora del nuevo Estado, la hora de la nueva república ha llegado: la hora de la constitución de la cuarta república.