En el primer libro de la Biblia se relata que «en vez de eliminarlo, vendámoslo a los ismaelitas; al fin de cuentas, es nuestro propio hermano» (Génesis: 37:27), es la historia de José, quien llegó a ser el segundo en Egipto por mandato del faraón, por lo que la trata de personas surgió prácticamente con la humanidad misma. Cada 30 de julio se conmemora el Día Mundial contra la Trata de Personas, los países han detectado y reportado más víctimas y han condenado a más tratantes. Esto puede ser el resultado de una mayor capacidad para identificar a las víctimas y/o de un mayor número de víctimas de la trata. El aumento del número de víctimas detectadas ha sido más pronunciado en América y Asia. Estos aumentos pueden ser el resultado de una mayor capacidad nacional para detectar, registrar y reportar datos sobre las víctimas de la trata, o de un aumento de la incidencia de la trata, es decir, del aumento del número de víctimas de la trata. El delito de trata de personas en este momento se ha convertido en el segundo negocio más lucrativo del crimen organizado transnacional, abajo del tráfico de drogas, de allí su importancia y actualidad. En El Salvador la ley especial nos establece ya las modalidades en el artículo 5, siendo estas: servidumbre, explotación sexual, explotación sexual comercial en el sector del turismo, trabajo forzado, esclavitud, mendicidad forzada, embarazo forzado, matrimonio o unión forzada, adopción fraudulenta, tráfico ilegal de órganos y otros, experimentación clínica o farmacológica y comercio de material pornográfico.
En nuestro país es frecuente que medios de comunicación, periodistas y generadores de opinión confundan la trata de personas con el tráfico de personas, o viceversa; por trata de personas se entiende: la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas utilizando amenazas, fuerza, rapto, fraude, engaño, abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad, pagos u otro beneficio para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra con el propósito de explotar a un ser humano. La persona explotada puede ser víctima de prostitución u otras formas de explotación sexual, trabajos o servicios forzados, esclavitud, servidumbre o extracción de órganos, como la mendicidad forzada, explotación para perpetrar delitos o participar en conflictos armados.
La semana anterior fui invitado a exponer en el foro organizado por la Organización AVA (Actuar, Vencer, Apoyar), con sede principal en Costa Rica, en el marco de la conmemoración de 2021 en donde ocho representantes de igual número de países expusimos logros, avances, resultados, desafíos sobre el delito de trata de personas y las políticas públicas impulsadas en Latinoamérica; fue de mucha satisfacción exponer y honrar el trabajo y los avances como El Salvador, exponiendo que en nuestro país contamos con una política nacional contra la trata de personas, el Consejo Nacional contra la Trata de Personas, un comité técnico del Consejo Nacional contra la Trata de Personas, la Ley Especial contra la Trata de Personas en El Salvador, reglamento, y sobre todo destaco un equipo comprometido y con alta especialización de mujeres y hombres en la Policía Nacional Civil coordinados y dirigidos por el señor subdirector de Investigaciones donde se encuentra la División Central de Investigaciones y la Unidad Especializada contra la Trata de Personas y Delitos Conexos, que vienen desarrollando una labor extraordinaria, con pasión por el combate y la represión, con golpes y desmantelamientos de estructuras criminales locales y transnacionales, pero también trabajando en prevención y disuasión de toda expresión delictiva y criminal como sus conexos.
Es oportuno mencionar el trabajo de la Fiscalía General de la República por medio de su unidad especializada que está dirigiendo y coordinando todas las acciones de investigaciones y combate a las estructuras, y con cinco meses por delante ya logró ubicar a este año como el mejor año en condenas en sedes judiciales.
El delito de trata de personas lo considero como la esclavitud del siglo XXI, es un delito que viola gravemente los derechos humanos de la persona afectada, especialmente niñas, niños, adolescentes y mujeres, que destruye la esencia misma de las personas en su vida, su libertad y su integridad, que cosifica al ser humano produciendo efectos degradantes para la dignidad, la salud física y mental de las personas, generando marcas indelebles en el tejido social y es un delito contra la humanidad. El Salvador está siendo líder en América Latina para su prevención, combate y erradicación.