Diversas reformas de la Ley de Notariado aprobó ayer la Asamblea Legislativa con el fin de ampliar los preceptos legales relacionados con la devolución de libros de protocolo y la emisión de testimonios, de cara a fortalecer la fe pública en el país.
El dictamen favorable fue emitido por la comisión de legislación y puntos constitucionales, tras una solicitud presentada por la Corte Suprema de Justicia (CSJ).
Previo a tomar una decisión, la comisión escuchó a representantes de la CSJ que explicaron la necesidad de reformar la legislación para garantizar la autenticidad de lo actuado por los notarios. Con las enmiendas, se limita la entrega de libros de protocolo a los profesionales y se establece que, al terminar un libro de protocolo y requerir otro nuevo, este será devuelto junto con sus anexos.
Asimismo, las reformas detallan que, una vez vencido el libro de protocolo, se tendrá un plazo de 15 días hábiles para entregarlo a los notarios que lo requieran. Los libros de protocolo vencidos o agotados y que requieran ser entregados los revisará el jefe de la Sección de Notariado y luego serán enviados a la CSJ con las irregularidades encontradas.
También se busca excluir el testimonio bajo la modalidad de transcripción y que sea desarrollado por el mecanismo fotostático u otro modelo de copia fidedigna. No se podrán extender testimonios por el sistema de transcripción.