Entre los años 2015 al 2020, la Sala de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) recibió 3,377 recursos de casación (solicitudes de impugnación de una sentencia) de las cuales, 2,882 equivalente al 85.3% fueron resueltas de diversas maneras.
Algunas solicitudes fueron declaradas inadmisibles, improcedentes, casadas es decir ha lugar y otras fueron no casadas. Según las estadísticas de la Secretaría de la Sala de lo Penal de los años 2015 al 2018 en todos los recursos ya hubo una resolución, pero en el año 2019, de las 614 casaciones ingresadas, en 505 hubo resolución, mientras que el año pasado es cuando menos casos fueron resueltos ya que de las 541 casaciones solo en 155 se ha emitido una respuesta.
Las casaciones fueron presentadas por fiscales y abogados mostrando su inconformidad por sentencias definitivas y acudieron ante los magistrados de la Sala de lo Penal para que revisaran los fallos de los jueces y ejercieran un control por argumentos de aplicación errónea que según los interesados les causó agravio.
Lo que se pretende con una casación es que se examinen errores, vicios, yerros o equívocos en la interpretación o aplicación del Código Procesal Penal, Código Penal o leyes especiales.
Los errores tienen que ser sobre la interpretación o aplicación de la ley, también pueden ser errores respecto de la valoración de las pruebas por infracción de las reglas de la sana crítica.
De ahí que fiscales y defensores acuden a la Sala de lo Penal para que examine esos errores y en caso de que existan esos errores planteados, los magistrados de ese tribunal superior puedan modificar o anular la sentencia y mandar a reponer el juicio.
En algunos casos los magistrados modifican las condenas impuestas o la calificación jurídica del delito aplicable. Todos estos aspectos son los que se han examinado en los recursos de casación, uno de los aspectos que ocurre con este tipo de recursos es que la Sala de lo Penal no puede conocer sobre la valoración de las pruebas, solo entra a conocer errores de derecho, en la interpretación o en aplicación de la ley.
Sentencias de la Sala
Según el informe de la Sala de lo Penal en los mismos cinco años se emitieron 3,175 sentencias de casación, pero algunas no corresponden a cada año ingreso, ya que en el 2015 fiscales y defensores presentaron 472 solicitudes, pero los magistrados fallaron en 565 procesos, es decir 93 resoluciones más de las casaciones recibidas.
Se detalla que del total de sentencias de casación 1,057 fueron inadmisibles por no cumplir con los requisitos de ley, 149 fueron declaradas improcedentes porque las resoluciones que se pretendían fueran revisadas, la ley no permitía que fueran impugnadas.
De las 3,175 sentencias, los magistrados de la Sala de lo Penal casaron 534, es decir revocaron o anularon las resoluciones definitivas emitidas por tribunales inferiores.
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El informe señala que la mayor cantidad de recursos no fueron casados, ya que 1,435 fueron declarados no ha lugar y los magistrados de ese tribunal superior terminaron ratificando las sentencias definitivas que diversos juzgados emitieron y que las cámaras habían confirmado.
Las sentencias de casación que la Sala de lo Penal ha dictado entre los años 2015 al 2020, siempre se han mantenido entre 458 y 565 como máximo y solo en el 16% le dieron la razón a la fiscalía o defensores.
Pero las 1,155 casaciones ingresadas en los años 2019 y 2020 no todas han sido resueltas, hasta diciembre los magistrados solo habían decidido en 660 equivalente al 57.1%, las otras 495 que corresponde al 42.9% estaban pendientes de resoluciones.
CASACIONES
A Enrique Rais y tres acusados no les admitieron casación
La Sala de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), resolvió en agosto del año 2020 que el empresario Enrique Rais, Hugo Ernesto Blanco Rais, José Mauricio Salvador Arrieta Gálvez y Wilfredo Ernesto Gutiérrez Ayala, continuaran proceso por los delitos de falsedad ideológica y fraude procesal que la Fiscalía les atribuye.
Los magistrados declararon inadmisible un recurso de casación que los defensores presentaron, por estar en contra de una resolución de la Cámara Tercera de lo Penal en la cual se revocó un sobreseimiento definitivo que dictó el Juzgado 3o. de Instrucción el 9 de octubre de 2019 por los dos ilícitos.
La Fiscalía ha acusado en ese caso debido a que el 3 de mayo del año 2013, supuestamente en una asamblea especial se abordó la venta del 90 % de las acciones de la sociedad Manejo Integral de Desechos Sólidos MIDES (porcentaje pertenecientes a la Sociedad Tradesal Inc.) a favor de Ovni Bussines de El Salvador S.A. de C.V. El ministerio público alegó que esa venta fue ilegal porque no se había cancelado totalmente las acciones a la sociedad Cintec Internacional Inc. de Barbados.
Sala de lo Penal definió responsabilidad civil de expresidente Saca y colaboradores
En diciembre del año 2019, tras una casación en el caso del expresidente Elías Antonio Saca, se confirmó la condena de diez años que el Tribunal Segundo de Sentencia le impuso por lavado de dinero y peculado y se falló también para que Saca devuelva al Estado $260.7 millones y el resto de imputados más de $39 millones, dinero que corresponde a los más de $300,347,117.17 millones que sustrajeron de Casa Presidencial entre los años 2004 al 2009. La Cámara Segunda de lo Penal había modificado los montos de la responsabilidad civil para que un juzgado de lo civil determinara las cantidades que debían pagar, pero la Sala de lo Penal modificó esa decisión y dejó establecidas las cantidades a pagar. En septiembre del año 2018, el Tribunal Segundo de Sentencia de San Salvador, condenó al expresidente Elías Antonio Saca, Élmer Charlaix, Julio Rank, César Funes y a tres empleados de la Presidencia por los delitos de peculado y lavado de dinero.
Resolución caso $10 millones donados por Taiwán
En una sentencia de casación mixta la Sala de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia, confirmó y anuló una resolución de la Cámara Segunda de lo Penal que había exonerado de forma definitiva al expresidente Elías Antonio Saca, Juan Tennant Wrigth Castro y Gerardo Antonio Balzaretti Kriete, por el caso de los $10 millones que Taiwán donó a El Salvador. La Cámara había confirmado un sobreseimiento para los tres por lavado de dinero ya que el delito ya había prescrito, la Fiscalía presentó casación y la Sala de lo Penal confirmó la prescripción y mantuvo la exoneración. Pero los magistrados no avalaron que los tres imputados también fueran absueltos de responsabilidad civil y ordenó que el Juzgado Segundo de Instrucción de San Salvador, siguiera el proceso con el fin de que respondan por los $10 millones. Hasta la fecha el caso no ha avanzado porque la Fiscalía ha apelado el sobreseimiento definitivo por lavado y la defensa ha acudido con un recurso oponiéndose a que siga el proceso que pretende que los acusados devuelvan el dinero.