Con 56 votos a favor y tres abstenciones, la Asamblea Legislativa aprobó ayer la Ley del Registro del Estado Familiar, con el propósito de regular la organización, la estructura y el cumplimiento de la función registral del estado familiar.
La normativa está conformada por 128 artículos y entre sus objetivos está crear armonía con otras leyes en materia familiar que fueron actualizadas recientemente, como la Ley del Registro Nacional de Personas Naturales (RNPN), la Ley Especial para la Reestructuración Municipal y la Ley de Primera Infancia, Niñez y Adolescencia.
En esencia, explicaron los diputados de Nuevas Ideas, la nueva ley pretende mejorar el servicio de expedición de las certificaciones de partidas de nacimiento, defunciones, matrimonios, divorcios, uniones no matrimoniales, así como el registro de recién nacidos y las defunciones que ocurren en un municipio, con la
integración de la tecnología, lo que permitirá agilizar las inscripciones y preservar la información.
Los parlamentarios de Nuevas Ideas indicaron también que anteriormente los registros se realizaban en libros, y muchos de ellos se han deteriorado e incluso se han extraviado, y esto obliga al ciudadano a hacer trámites adicionales para reponer la información.
Sin embargo, ahora, con el nuevo cuerpo de ley, será creado el Sistema de Registro del Estado Familiar, que será administrado por el RNPN, que tendrá entre sus funciones consignar, registrar, conservar y certificar toda la información sobre los hechos del estado familiar de las personas naturales.
Asimismo, indica que las municipalidades serán las que establezcan las oficinas de registro necesarias dentro de su territorio para la prestación de los servicios.







