El Real Decreto de ley, aprobado el martes, que recogerá estas novedades tipificará también la causalidad del despido de estas trabajadoras y limitará la actual figura del despido por desistimiento, que permite al empleador rescindir el contrato sin justificación alguna.
Esta figura solo podrá aplicarse en casos en los que el empleador cambie sus circunstancias personales por causas sobrevenidas como quedarse en paro o incapacitado para trabajar, entre otras.
Esta nueva normativa afectará a las personas inscritas en el Régimen Especial de Empleadas de Hogar de la Seguridad Social en el que cotizan ahora 373.120 empleadas domésticas, en su mayoría mujeres y el 44 por ciento de ellas extranjeras. No será hasta el próximo 1 de octubre cuando estas trabajadoras puedan empezar a cotizar por desempleo.
Se establece también su cotización al Fondo de Garantía Salarial (Fogasa) que garantiza que reciben dicha indemnización o los salarios no abonados en el caso de sentencia judicial favorable.
La aprobación de este Decreto de Ley servirá para dotar a este colectivo de trabajadoras de todos los derechos recogidos en el Convenio 189 de la Organización internacional del Trabajo (OIT). El Ejecutivo de Pedro Sánchez ratificó este convenio en abril pasado pero no lo había traducido en una norma hasta este martes.