¿Qué es asilo político? «Es un derecho internacional de los derechos humanos, que puede disfrutar cualquier persona fuera de su país de origen en caso de persecución política».
El artículo 14 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos reconoce que en caso de persecución toda persona tiene derecho a buscar asilo y a disfrutar de él en cualquier país.
De lo antes expuesto es importante que analicemos el concepto de la «extradición», que se considera como el acto verificado por un Estado que entrega a un individuo acusado o condenado de cometer un delito dentro del territorio del Estado reclamante, quien es competente para juzgarlo y que ha sido reclamado al Estado donde se ha refugiado.
Según la doctrina actual del asilo en los diferentes países, en la época contemporánea del derecho de asilo en Latinoamérica, las cuales se caracterizan por la protección de delincuentes políticos en vez de delincuentes comunes, de la institución vigente en los tiempos anteriores.
De lo cual me nace la siguiente pregunta: ¿por qué el asilo político en países como Nicaragua es utilizado para promover la impunidad ante individuos potencialmente corruptos? Porque para que un individuo pueda ser reclamado por su país tiene que haber suscrito un tratado.
La siguiente interpretación: obligación jurídica, originada en los pactos internacionales. Quienes sostienen esta posición ven en nuestra figura jurídica el aspecto procesal, y efectivamente no se podría solicitar la extradición de un reo fugitivo, si no existe el derecho y la obligación determinados previamente dentro de una norma jurídica; en la bilateralidad del Derecho, para que exista un sujeto de pretensiones u otro de obligaciones, es necesario que previamente exista la norma legal; tomando en cuenta esta característica de la bilateralidad que tiene el Derecho y el aspecto procesal del asunto, como se ha llegado a concluir que la extradición, existe únicamente como una obligación jurídica originada en pactos internacionales.
Indudablemente, en este razonamiento no se han relacionado los aspectos de fondo, que esencialmente son los que debemos considerar, si queremos obtener una conclusión jurídica y filosófica de cuál es el fundamento de la extradición que se encuentra en la cooperación internacional entre los Estados, para que los delitos no queden impunes cuando los responsables de estos huyan del país donde los cometieron.
Bajo la interpretación anterior, el político corrupto salvadoreño que busca la impunidad de sus delitos, busca países para solicitar asilo político donde no existan acuerdos bilaterales, para que al Estado salvadoreño se le haga imposible la solicitud de la extradición. Como ya conocemos los casos de dos expresidentes salvadoreños que han buscado el asilo en Nicaragua, posiblemente otros se irán a Cuba. El error de nuestra justicia es tardar mucho los procedimientos y darles tiempo para que estos busquen extraerse de la acción penal salvadoreña. Sin duda, los ex fiscales generales fueron muy lentos en la investigación y en la interposición de las acciones penales, de ello resulta la impunidad de casos como el de Mauricio Funes.