La Cámara Segunda de lo Penal de San Salvador ha señalado para el próximo 3 de abril la vista pública de Norman Quijano, diputado desaforado del Parlamento Centroamericano y excandidato a la presidencia del partido ARENA en el 2014.
El exfuncionario será enjuiciado como reo ausente ya que nunca se sometió al proceso penal y huyó del país antes de ser acusado por la Fiscalía General de la República.
Quijano, se expone a una condena de hasta 21 años de cárcel si es encontrado culpable de agrupaciones ilícitas y fraude electoral, que son los dos delitos que el ministerio público le atribuye.
La Fiscalía ha sostenido en la acusación, que Quijano se reunió con los cabecillas de las pandillas a principios de marzo de 2014 en la sede de la iglesia de una red de pastores, en la colonia Flor Blanca.
En ese encuentro, solicitó a la Mara Salvatrucha y a las dos facciones de la Pandilla 18 que votaran en segunda vuelta por ARENA y que a cambio invertiría $100 millones en las pandillas, si ganaba las elecciones.
Al excandidato a la presidencia por ARENA, en la audiencia preliminar se le procesó aplicando el artículo 345 no reformado ya que los hechos ocurrieron en el año 2014 y cuando el caso fue judicializado en enero de 2022, todavía no se habían enmendado la ley en lo relativo a agrupaciones ilícitas que ahora sanciona con penas de 20 a 30 años la permanencia a una pandilla y establece cárcel de 40 y 60 años a los creadores, organizadores, jefes, dirigentes, financistas o cabecillas. El artículo 345 fue reformado por la Asamblea Legislativa el 30 de marzo de 2022.
Con respecto al fraude electoral, el artículo 295 del Código Penal señala que «el que pague dinero o especie o por medio de ofertas de beneficios particulares recibidas o prometidas, para inducir a un lector a votar por determinado partido o candidato o para abstenerse de votar o anular su voto» será castigado con prisión de cuatro a seis años.