El Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales (MARN) recuperó la facultad de ley para imponer multas en contra de quienes causan daños al medioambiente y evitar que los delitos ambientales queden en la impunidad.
Desde 1998, esa cartera de Estado podía multar, pero en 2015 la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia del período 2009-2018 declaró inconstitucional el artículo 89 de la Ley de Medio Ambiente.
En la sentencia, los magistrados Sidney Blanco, Rodolfo González, Belarmino Jaime, Florentín Meléndez y Armando Pineda Navas declararon inconstitucional el artículo porque la ley establecía la imposición de multas con base en «salarios mínimos diarios urbanos», categoría que no existe, por lo tanto, había «inobservancia del principio constitucional de legalidad penal».
La sentencia no inhibió al Ministerio de Medio Ambiente de imponer multas, pero era necesario que los diputados de ese entonces reformaran la ley para dejar establecido que las multas serían cobradas en salarios mínimos de los sectores «comercio y servicios; industria; maquila textil y confección, y agropecuario».
Los diputados de la comisión de medioambiente y cambio climático de las legislaturas 2015-2018 recibieron y estudiaron la sentencia de la Sala, pero no lograron ponerse de acuerdo para darle nuevamente la atribución sancionadora al ministerio.
La ministra de Medio Ambiente en el segundo gobierno del FMLN, Lina Pohl, pidió varias veces que los diputados de esa época aprobaran la reforma del artículo 89.
El tema permaneció engavetado y sin avance en la comisión de medioambiente y cambio climático de la legislatura 2018-2021, que concluyó en abril pasado.
El 21 de mayo, ya con la nueva legislatura instalada, el ministro de Medio Ambiente, Fernando López, llegó a la Asamblea Legislativa y presentó un proyecto de reformas de ley, incluida la modificación del artículo 89 para devolverle las facultades a esa cartera de Estado para multar a quienes violen la normativa.
La comisión de medioambiente, con mayoría de Nuevas Ideas, recibió el pliego de reformas a la Ley de Medio Ambiente y, luego de estudiarlas, las aprobó el jueves 27 de mayo. En los próximos días pasarán a ser votadas por el pleno.
Además del artículo 89, fueron modificados el 86, 87, 88 y 93 para fortalecer el sistema de multas y sanciones. Por ejemplo, por faltas muy graves se impondrán sanciones económicas de 5,000 salarios mínimos.