Los artículos 7 y 8 de la Convención de los Derechos del Niño definen que todo menor tiene derecho a la identidad desde el nacimiento, a una nacionalidad y a ser inscrito en el registro respectivo.
El Salvador es una nación firmante del convenio y, por lo tanto, debe generar las normativas jurídicas necesarias para cumplirlo. Sin embargo, la población entre cero y 17 años solo ha tenido una partida de nacimiento como único documento de identidad oficial.
La Asamblea Legislativa aprobó en su última sesión plenaria la reforma de la Ley de Creación del Registro Nacional de las Personas Naturales (RNPN), en el sentido de sustituir el artículo 2 para incorporar que sea dicha institución la que emita el Número Único de Identificación (NUI) para la población entre cero y 17 años.
El presidente del RNPN, Fernando Velasco, explicó que estas reformas se enfocan principalmente en garantizar el ejercicio pleno del derecho a la identidad para los menores de edad.
El registro tomará todos los datos de identidad de cada recién nacido y le generará el Número Único de Identidad. Este será intransferible, inmodificable e irrepetible, y estará adscrito desde el nacimiento hasta el fallecimiento.
Desde los cero hasta los cuatro años se emitirá un documento sin fotografía, con toda la información, y será respaldado con un código de barras único.
A partir de los ocho años se reemplazará por un segundo documento, que incluirá la fotografía del menor; y desde los 12 años se entregará otro documento que anexará el registro de las huellas dactilares, que estarán en la base de datos del RNPN.
Otro salto hacia la modernidad del RNPN será la creación del Registro del Estado Familiar (REF), un sistema único que usarán las 262 municipalidades para desarrollar cualquier asiento o acto administrativo correspondiente al registro civil o al estado familiar.
«Con el REF tendremos información en tiempo real, y no hay que mandar al personal del RNPN a recoger la información en papel y luego comenzar a hacer los registros», explicó el registrador nacional, Fernando Velasco.
«Ya no habrá 262 formas de registrar, sino que se estandarizará para todas las alcaldías. El costo será menor para el registro y también habrá un ahorro de tiempo», agregó el funcionario.
También la Asamblea Legislativa aprobó reformar el artículo 187 del Código de Familia para que cada ciudadano solicite su partida de nacimiento en cualquier municipalidad, ya que existirá un único sistema de registro.
Con este paso habrá registros poblacionales actualizados porque aplicará para asientos de nacimientos, decesos, matrimonios, viudez y divorcios.
El Salvador deja poco a poco la información en papel y comienza a adentrarse en la innovación tecnológica en el área del registro poblacional, con modernas bases de datos e información que está disponible en tiempo real de forma ágil y eficiente.