Fernando Llort fue un hombre visionario y con un proyecto hermoso, que logró extenderse en La Palma, Chalatenango, dónde se convirtió en el maestro de dibujo y pintura de tantas personas artesanas. En su juventud estudió teología y arquitectura, y en la década de 1970 se trasladó a vivir en el municipio de La Palma, y fundó un centro de artesanías, que dio vida al «estilo palmeño». Fernando Llort también desarrolló obras artísticas en el campo de la música, el dibujo, la pintura, la cerámica, y la escultura.
Nació el 7 de abril de 1944. Fue pintor autodidacta, hábil artesano. Falleció en la Palma, en el 2018.
Era un hombre idealista y amante de la pintura. En 1972 decidió residir en La Palma, Chalatenango, un lugar que le traía buenos recuerdos, su familia tenía allí una propiedad.
En 1997 los arquitectos españoles encargados de concluir la construcción de la catedral metropolitana de San Salvador, le invitaron para que presentara alternativas y así realizar un mural en la fachada. El diseño final fue aprobado por los mismos arquitectos, la empresa constructora y la Fundación Catedral junto al arzobispo Fernando Sáenz Lacalle.
Durante un año se hizo el montaje del mural que llevaba por nombre «La armonía de mi pueblo». Tenía cerca de tres mil azulejos y poseía en su diseño varios significados como la espiritualidad, el amor y el recuerdo a monseñor Óscar Arnulfo Romero y Galdámez.
En el 2003 la Asamblea Legislativa declaró a Fernando Llort «Hijo meritísimo de El Salvador». Tres años después surgió a la vida jurídica la Fundación Fernando Llort para el fomento del arte y la cultura, a iniciativa de su hija María.
Su obra más simbólica fue el mosaico en catedral metropolitana de San Salvador, la cual fue destruida por completo el 26 de diciembre de 2011, por órdenes del arzobispo José Luis Escobar Alas.
La obra de Fernando Llort en la catedral había ornamentado su exterior desde 1998. Esta decisión nos sorprendió a todas las personas artistas y al público en general.
Según una publicación de un periódico digital (16 de enero de 2012), en la conferencia de prensa brindada el 8 de enero de 2012, el arzobispo Escobar Alas dijo que había sido suya la orden de remover el mosaico después de escuchar a sus asesores.
Escobar Alas tomó como verdad la opinión de la empresa que contrataron y que manifestó el 20 de diciembre de 2011 que «el 70 % de las piezas que conformaban el mural ya no presentaban adherencia».
En el 2001, el taller El árbol de Dios reparó algunos azulejos dañados por los terremotos.
Y en el 2011, la obra inaugurada en 1997 fue convertida en ripio. Muchas personas dijeron que «no era un bien cultural por no estar declarada mediante resolución, acuerdo o decreto». Una bofetada a la cultura y el arte salvadoreño.
Dicha obra artística sí era un bien cultural, conforme a la Ley Especial de Protección al Patrimonio Cultural de El Salvador, pues su autor Fernando Llort era un icono salvadoreño, un artista reconocido dentro y fuera de El Salvador.
Los mosaicos del mural en catedral estaban adheridos a otro bien cultural eclesiástico: la catedral.
La catedral era también patrimonio cultural por toda su historia, por su ubicación en el Centro Histórico de San Salvador ya declarado como tal y por ser el lugar donde está sepultado monseñor Romero, hoy San Romero de América.
Decir que no era patrimonio cultural sería como afirmar hoy que no son bienes culturales y patrimonio cultural los vitrales que elaboró y colocó el arquitecto Rubén Martínez en la iglesia de El Rosario. Tanto la iglesia como la obra artística de Rubén son y serán siempre patrimonio cultural de El Salvador. Aunque no hubiese una declaratoria al respecto. Esta iglesia también se encuentra en el Centro Histórico de San Salvador.
Las obras de Llort son y serán siempre bienes culturales, patrimonio cultural de nuestro país.
En el año 2011, la indignación por este caso, la admiración y el respeto al arte de Fernando Llort, nos llevó a muchos artistas y artesanos a manifestarnos en contra de este atropello.
En aquel momento era clara la necesidad de conocer y estudiar la Carta Pontificia sobre la necesidad y urgencia del inventario y catalogación de los bienes culturales de la iglesia (1999), que dice: «La presente circular va dirigida, por tanto, a los obispos diocesanos, a fin de que se conviertan en portavoces de la urgencia de cuidar del patrimonio histórico-artístico, partiendo sobre todo del inventario, para llegar, si es posible, a la realización del catálogo. Con ella se quiere sensibilizar, también, a los superiores de los institutos de vida consagrada y de las sociedades de vida apostólica, que a lo largo de los siglos han ido originando un patrimonio cultural de incalculable valor».
En esos años, no había respeto a la ley especial, su reglamento y a nuestra Constitución. Las personas daban más crédito a una carta, una resolución o un acuerdo que a la Constitución, la ley especial, la Carta Pontificia y a las convenciones internacionales ratificadas por El Salvador, en materia de derechos de autor y protección de bienes culturales tangibles e intangibles.
El mural de Llort fue destruido con cinceles y martillos durante la última semana del 2011. Llort nos pidió en un comunicado tener paz, mientras guardó silencio.
Ante esta decisión, los artistas y literatos no continuamos con nuestras protestas, pero aprendimos una gran lección: el arte y la cultura son bienes culturales y por tanto deben ser resguardados y protegerse, estén o no declarados.
Según la Ley Especial de Protección al Patrimonio Cultural de El Salvador en su artículo 40: «Existe una presunción de valor cultural para todas las obras artísticas y literarias. A la vigencia de esta ley se presumirá de valor cultural todos los bienes señalados en el artículo 2, tanto los de propiedad pública o privada». Para el caso, todas las obras de Llort son bienes culturales y esto es innegable.
Por tanto, sí hubo un atropello al derecho moral del autor estipulado en la Ley de Protección a la Propiedad Intelectual, daños al patrimonio cultural de El Salvador y a las mismas normas que rigen a la Iglesia para la conservación de sus bienes.
La ley especial en el artículo 3 enumera los bienes que conforman el Patrimonio Cultural de El Salvador: bienes de interés artístico como cuadros, pinturas y dibujos hechos enteramente a mano sobre cualquier soporte y en cualquier material con exclusión de los dibujos industriales, grabados, conjuntos y montajes artísticos originales en cualquier material, los monumentos de carácter arquitectónico, centros históricos, las técnicas y el producto artesanal tradicional, Las manifestaciones plásticas, musicales, de danza, teatrales y literarias contemporáneas y cualquier otro bien cultural que a criterio del ministerio puedan formar parte del Tesoro Cultural Salvadoreño.
Las personas que amamos el arte y la cultura de El Salvador guardamos esa etapa de luto.
El derecho de autor o autora protege toda clase de obras intelectuales. Este derecho nace del acto de la creación y no del reconocimiento. Y precisamente este punto es una de las influencias más beneficiosas que tuvo el Convenio de Berna sobre esta materia, que fue ratificado por nuestro país oportunamente. En este punto, debo aclarar que El Salvador al igual que Nicaragua, Panamá, Paraguay y Uruguay aún mantiene el registro constitutivo del derecho, la obligación de registrar la obra para gozar de los derechos patrimoniales que le reconoce la ley, de forma exclusiva y oponibilidad erga omnes. Pero esto no interfiere en la existencia del derecho de autor en el momento de la creación de la obra y de su protección.
Las obras artísticas, por tanto, están protegidas. Solo se requiere originalidad en la expresión y creatividad. Es decir, deben expresar lo propio de su autor o autora. Si hablamos de expresiones artísticas debemos comprender que son entre otras: la pintura, el grabado, el dibujo, la escultura, la fotografía y la arquitectura. Y en el caso del mural demolido debo decirles que los bocetos y ensayos que precedieron a la creación de la obra son en sí mismos obras protegidas, imagínense entonces, cuán protegido debió estar el mural.
El 1.0 de octubre de 2013 la Secretaría de Cultura de la presidencia de El Salvador designó a Llort como ganador del Premio Nacional de Cultura correspondiente a ese año.
Es responsabilidad de las personas propietarias, poseedoras o tenedoras de bienes culturales muebles e inmuebles, notificar para que se realice el inventario y catalogación de los mismos en el ministerio de Cultura. Y que, cuando un bien cultural esté en peligro, se adopten las medidas de protección.
La gente e instituciones que observan casos de destrucción deben dar aviso a las autoridades y la comunidad cristiana debe aprender a valorizar, reconocer y salvaguardar las obras de arte y la arquitectura de iglesias y catedrales como expresiones de una espiritualidad universal y local.