Por mayoría, la Comisión Financiera avaló está tarde reformar la Ley para la Facilitación de la Inclusión Financiera en su artículo 20, en el sentido de adicionar 5 artículos más.
Entre los grandes cambios que se aprobaron está que las personas naturales cuyo ingreso económico sea mejor a los 3 salarios mínimos podrán abrir una cuenta de ahorro solo con su DUI y con el listado de beneficiarios.
En la redacción anterior se definía que debían tener un monto mínimo de apertura y otros documentos externos.
La diputada Dania González hizo ver qué muchos jóvenes que se incorporaban al mercado laboral tenían dificultades para abrir una cuenta de ahorro, ya que no contaban con el fondo que las instituciones bancarias pedían.
Además, se avaló que los jóvenes entre 16 y 18 años también puedan abrir una cuenta de ahorro presentando su carné de minoridad.
En el caso de los salvadoreños radicados en el extranjero deberán presentar su pasaporte, al igual que los extranjeros que viven en el país; para estos últimos también podrán hacerlo con su carné de residencia temporal o permanente de El Salvador.
El dictamen pasará a conocimiento del pleno en la próxima sesión, y se convertirá en el cuarto acto de justicia financiera de la comisión.