El Tribunal Sexto de Sentencia de San Salvador dará a conocer el próximo 16 de febrero el fallo en el caso del sacerdote guatemalteco José Venancio Boror Uz, de 63 años, acusado de agresión sexual en perjuicio de dos víctimas.
La tarde de este viernes concluyó la audiencia de vista pública, y fue cuando la jueza del caso anunció que el fallo lo daría a conocer el próximo martes en la tarde.
Los abogados del religioso están convencidos que su cliente no cometió delito alguno, y que en el desarrollo de este proceso no hay pruebas que lo relacionen con los delitos que se le imputan.
«Colocamos prueba real fidedigna con relación a este caso que demostraban que el padre Venancio en absoluto ha cometido este delito, pruebas que están introducidas en el proceso y será la jueza la que estará valorando estas circunstancias», dijo el abogado David Campo.
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Además mencionó que «conocemos el lugar donde se dice que sucedieron las cosas y es totalmente imposible». Agregó que «una persona de su calidad no puede estar en público en un mercado, en la vía pública haciendo cuestiones de esas cuando se dice que son delitos de alcoba».
Explicó que hay contradicciones en las fechas que han sugerido las víctimas en las que supuestamente ocurrieron los hechos.
«Hay testimonios donde las menores manifiestan alguna época 2016, 2017 se contradicen en eso y hay testimonios de los psicólogos que no han pasado el método científico», dijo.
El religioso fue arrestado el 13 de abril de 2019 frente a la parroquia Nuestra Señora de Lourdes, situada en el barrio Lourdes al oriente de San Salvador, y de acuerdo con las investigaciones de la Fiscalía habría aprovechado su condición de religioso para quedarse a solas con las víctimas y tocarles sus genitales.
Parte de los señalamientos que surgieron en contra del sacerdote es que estos hechos, supuestamente, ocurrieron entre febrero y mayo de 2017, según detallaron fuentes judiciales.
El nueve de noviembre de 2020 el párroco fue absuelto por el Tribunal Quinto de Sentencia de San Salvador por falta de pruebas en un proceso judicial donde fue señalado por dos casos similares que según se mencionó en esa ocasión habrían ocurrido en 2019.
«La absolución en el caso anterior se debió a contradicciones en la declaración de la víctima y la de sus padres», detallaron fuentes judiciales.