Con la entrada en vigor de la ley Amor Convertido en Alimento se creó la Oficina para el Fomento, Protección y Apoyo a la Lactancia Materna como parte del Ministerio de Salud (Minsal), la cual garantizará que la normativa se cumpla y que haya salas de lactancia materna tanto en instituciones públicas, como privadas.
El ministro de Salud, Francisco Alabi, señaló que se tienen claros los objetivos de la ley, los conocimientos en los profesionales de salud, la evidencia científica, pero se necesita el acompañamiento a través de esta oficina.
«Es una situación de cobertura nacional, pública y privada. ¿Qué hace esta oficina? Que todas las instituciones públicas o privadas donde laboren o asistan mujeres en edad fértil, embarazadas o en periodo de lactancia deberán instalar salas de lactancia», explicó Alabi.
Detalló que las instituciones educativas también deberán instalar salas de lactancia para las madres que laboren o visiten estos lugares, de manera que este proceso esté garantizado para todas.
Agregó que, con base en la normativa, toda mujer trabajadora tiene derecho a una hora de pausa laboral para amantar a su bebé o para recolectar su leche materna, esto durante los seis meses del postparto.
«En aquellos casos donde la jornada laboral exceda las ocho horas, tendrá una segunda pausa laboral para amantar a su hijo o para recolectar su leche», afirmó el titular del Minsal.
De igual manera, subrayó que todas las instituciones gubernamentales y no gubernamentales que realizan proceso de formación, información o educación relacionadas con la lactancia materna deben actualizar los programas curriculares referentes a los contenidos de la ley desde la educación inicial, hasta la educación superior.