La ciudadanía nicaragüense del expresidente de la República, Salvador Sánchez Cerén, se habría obtenido incumpliendo varios de los requisitos que la Ley General de Migración y Extranjería de Nicaragua establece, según señalaron medios informativos del país centroamericano.
El expresidente Sánchez Cerén ha sido acusado de actos de corrupción cometidos durante la gestión del exmandatario Mauricio Funes, cuando fungió como vicepresidente de la República, apropiándose de más de medio millón de dólares que no provenían de la entrega de su salario como funcionario público.
Contra Sánchez Cerén, así como contra otros cuatro exfuncionarios del gobierno del expresidente Funes, se ha emitido una orden de difusión roja para su captura y su extradición a El Salvador, a fin de que enfrente la justicia por los actos que se le imputan.
Según el periódico La Prensa, Sánchez Cerén se habría visto beneficiado por una nacionalidad que no se encuadra en el proceso legal para su obtención, siendo una emisión exprés autorizada por el régimen de Daniel Ortega.
En este punto, el medio señala que el expresidente salvadoreño Mauricio Funes cumplió con el requisito temporal. Sin embargo, en el caso de ambos exmandatarios, abogados y juristas nicaragüenses coinciden que se trata de cómo el régimen de Ortega brinda protección a expresidentes o exfuncionarios señalados de actos de corrupción a partir del Principio de no entrega de nacionales que rige en las leyes de Nicaragua.
La Prensa señala que, según el artículo 63 de la Ley General de Migración y Extranjería de Nicaragua, quienes deseen optar a poseer la nacionalidad nicaragüense deben primero realizar el trámite para obtener la residencia temporal o permanente. Para ello, la ley expone una serie de documentación a presentar para aspirar a este beneficio.
Luego, según el artículo 53, únicamente aquellos extranjeros que tengan cuatro años como residentes podrán optar a la nacionalidad nicaragüense, una vez hayan cumplido con otros requisitos que establece la legislación de Nicaragua. Para esto, las autoridades de la DGME tendrán 30 días para verificación que todo esté en regla.
Además, el artículo 54 de dicha ley establece que las personas de nacionalidad española o de algún país de Centroamérica podrán optar a la nacionalidad nicaragüense tras haber cumplido un mínimo de dos años como residentes permanentes, sin necesidad de renunciar a la nacionalidad de origen.
De todos estos aspectos, el expresidente Funes cumplió con el período como residente permanente de Nicaragua por dos años mínimo, luego que solicitara asilo político en 2016 para él y su esposa, Ada Mitchell Guzman, así como también para sus hijos Carlos Mauricio Funes Velasco, Diego Roberto Funes Cañas y Mauricio Alejandro Funes Guzmán. El exmandatario recibió su nacionalidad nicaragüense el 30 de julio de 2019.
Sin embargo, el expresidente Sánchez Cerén no cumplió con este requisito expresado en la ley de Nicaragua. Según el ministro de Seguridad, Gustavo Villatoro, Sánchez Cerén se encontraba en Nicaragua desde el pasado 5 de diciembre de 2020 en categoría de asilado político. Sin embargo, el pasado 30 de julio de 2021 se le otorgó la nacionalidad nicaragüense, luego de solo seis meses como residente permanente.
Según los abogados consultados por La Prensa de Nicaragua, Sánchez Cerén no cumplió con la normativa para obtener su nacionalidad como nicaragüense, por lo que le régimen de Daniel Ortega incurre en una práctica de emisión exprés de nacionalidades para políticos que, como en el caso de Sánchez Cerén, son acusados de actos de corrupción en otros países.
Para estos abogados, Ortega busca ampararse en el artículo 19 del Código Procesal Penal de Nicaragua el cual establece el Principio de no entrega de nacionales que rige a ese país en cuanto se refiere al tema de extradición o de ciudadanos nicaragüenses reclamados por los organismos de justicia de otros países.