«Fue el 11 de julio de 2020, aproximadamente a las 12 del mediodía, en el caserío La Meca, los hechos sucedieron detrás de la casa de mis abuelos donde había un barril donde yo estaba bañando al niño, el niño se me cayó y yo lo golpeé con un palo», así fue como inició la confesión Yesenia Elizabeth García de como asesinó a su sobrino, Erick Alexis García Franco, de tres años y por lo que el Tribunal Primero de Sentencia de Santa Tecla la condenó a 14 años de prisión por el delito de homicidio agravado.
El caso ocurrió el 11 de julio de 2020 en el caserío La Meca del cantón Primavera, municipio de Quezaltepeque. Tras someterse a un proceso abreviado, García relató que golpeó varias veces la cabeza y cuerpo de Erick con un palo grueso y tras asesinarlo lo escondió a la par de un árbol de jocote, situado detrás de la casa, y lo cubrió con hojas del referido frutal.
Añadió que a eso de la 1:00 de la madrugada del 12 de julio despertó a su compañero de vida para confesarle que había matado a su sobrino y que necesitaba ayuda para llevar el cadáver hasta el lugar conocido como «La Lava», «le dije que me ayudara a llevar el cuerpecito, le confesé que lo había matado, pero solo que se me había caído, pero no que lo había golpeado», narró la imputada.
Yesenia relató que tras contarle a su pareja cargaron al cuerpo sin vida, lo sacaron del lugar y lo fueron a dejar hasta la referida zona. Ya en La Lava indicó que le quitó la ropa y lo tiró sobre el material volcánico.
Tras el crimen confesó que decidió reportar la desaparición de la víctima para no levantar sospechas, sin embargo, cuatro días después, el 15 de julio, el cadáver fue hallado por unos vecinos entre la lava, a unos 50 metros de la vivienda de la imputada en el sector de El Playón de Quezaltepeque.
«Cuando se me cayó el niño me eché la culpa y comenzamos mencionar que había desaparecido, ocultamos información», manifestó la mujer.
En el juicio, el compañero de vida de Yesenia, José Ovidio Ramos actuaría como testigo criteriado [con beneficios penales a cambio de colaborar con la Fiscalía], sin embargo, tras la confesión de la mujer, su testimonio no fue necesario.
En su resolución, el juez dijo que el testimonio de la mujer concordaba con la autopsia y las fotografías que aparecen con la prueba incorporada, «la autopsia demuestra que el niño murió vapuleado, tenía golpes contusos. Solo eso tenía una explicación de por qué la deformación de su rostro y cráneo».
Agregó que no se logró establecer el motivo del homicidio, pero que «estos hechos jurídicamente se califican como homicidio agravado, se trata de una mujer adulta en contra de un niño de tres años había, una fuerza mucho mayor y que el niño no tenía capacidad para resistirse», indicó el juzgador.