En la actualidad muchos odontólogos realizan tratamientos alternativos a pacientes que, por economía o condiciones como la salud, no pueden acceder a procedimientos sofisticados o con tecnología avanzada. Por ética profesional se debe explicar al paciente detalladamente lo que se hace y recomendarle que pronto se haga el tratamiento definitivo.
Independientemente de lo que el odontólogo proponga como alternativa, deben exponerse las opciones que hay, especialmente sobre el tipo de materiales, el equipo o los requerimientos y los diagnósticos necesarios, como la toma de una radiografía especial, tomografía o examen de laboratorio.
El paciente debe saber cuál es el tratamiento ideal y también la propuesta provisional. Esto sucede si la salud o la economía del paciente limita el procedimiento.
Durante la consulta, uno de los pacientes, don Emigdio, se sorprendió cuando se le pidió firmar la ficha odontológica, la cual, además de todos los datos que se requieren para hacer el análisis y el plan de tratamiento —que incluye tiempo y costos—, contiene un «consentimiento informado» con una serie de acuerdos entre el doctor y el paciente.
Le expliqué a don Emigdio que esto es necesario en cumplimiento de la Ley de Deberes y Derechos de los Pacientes y Prestadores de Servicios de Salud, la cual está vigente en El Salvador desde 2016, en la que se declara que el paciente «debe recibir de forma verbal y escrita información sobre su diagnóstico, pronóstico y plan de tratamiento de manera oportuna, veraz, sencilla y comprensible de acuerdo con su problema».
Tomé un tiempo para explicarle con esquemas, fotografías y un dispositivo electrónico cómo le quedaría la prótesis, con la finalidad de que tenga en mente el tiempo de reposo que necesitará, el medicamento y las semanas que deberá esperar hasta entregarle el aparato protésico removible.
La ley también menciona que todo paciente, familiar, acompañante o representante legal que solicite o reciba un tratamiento deberá tratar respetuosamente a los integrantes del equipo de la clínica, ya sean profesionales, técnicos, como el asistente dental, o administrativos, como la secretaria y el vigilante.
La ley contiene un apartado que expone lo que debe hacer un paciente o familiar cuando consideren que se han vulnerado sus derechos o deberes: debe informar por escrito a la oficina tramitadora de denuncias del Consejo Superior de Salud Pública para continuar con un proceso administrativo. Si se determina que se ha cometido una infracción, se podría dar una amonestación escrita al prestador de salud o incluso podría responder civil o penalmente.
Cuando hay confianza, las personas como don Emigdio permiten que el trabajo se haga de forma óptima, conjunta y eficiente. El propósito común es devolverle la sonrisa, y esto no solo depende de mí, sino de la ayuda mutua, de la comunicación abierta y sincera. Los pacientes llegan a ser nuestros amigos o incluso familia, la cual crece por sus buenas referencias y cariño.
Gracias a los que confían en su odontólogo, ya que también de ellos depende que sigamos siendo el país de la eterna sonrisa.