A los salvadoreños radicados en el extranjero solo se les ha considerado, históricamente, como «remeseros», apelativo de por sí denigrante. Ni el Ejecutivo ni la Asamblea Legislativa anteriores buscaron tomar en cuenta el importante papel que los más de 3.1 millones de salvadoreños radicados en el extranjero han jugado para El Salvador.
Una de las deudas que nunca se solventaban y que solo se iba trabajando con medias tintas era que la diáspora pudiera votar desde sus países de residencia.
Las anteriores legislaturas solo aprobaron que pudieran hacerlo vía postal, enviando las papeletas por correo tradicional. Ese mecanismo resultó no funcional por la lentitud con que se tenían que enviar y receptar los paquetes electorales.
Para las elecciones presidenciales de 2019, llevadas a cabo en febrero, Correos de El Salvador recibió paquetes con votos hasta mayo de ese año, cuando los resultados ya se habían declarado en firmes por el Tribunal Supremo Electoral (TSE).
Con el cambio político en la Asamblea Legislativa a partir de mayo de 2021, una de las apuestas que los nuevos diputados ejecutaron fue garantizar el sufragio para los salvadoreños en el exterior desde sus países de residencia, para que puedan postularse a cargos de elección popular, y que los hijos de padre o madre salvadoreños también voten y busquen puestos de administración pública.
El 14 de septiembre de 2021 quedó marcado como fecha histórica al aprobarse la ley que regula el ejercicio del sufragio desde el extranjero.
Muchas voces disonantes vinculadas a la oposición siguen afirmando que la diáspora no tiene derecho al sufragio activo ni pasivo, y han intentado desmeritar la decisión de la nueva Asamblea Legislativa.

Sin embargo, la Constitución reconoce como salvadoreños por nacimiento a todas las personas, y no se pierde la nacionalidad por estar radicado en el exterior.
Otra de las disposiciones que el Legislativo avaló fue dar un refuerzo presupuestario de $14 millones al Registro Nacional de las Personas Naturales (RNPN), destinado al programa de emisión del Documento Único de Identidad en el extranjero.
El procedimiento que los connacionales deben seguir implica dos visitas al consulado más cercano, la primera para completar la solicitud y el registro, y la segunda para recoger el documento.
Antes de esta normativa, el RNPN imprimía en El Salvador el DUI solicitado y lo enviaba hasta el país donde se encontraba quien lo solicitaba.
Con la nueva forma, el proceso es más rápido, ya que el documento se entrega del mismo día, lo que reduce gastos para los compatriotas, que debían viajar grandes distancias para obtenerlo. Algunos preferían no hacerlo para evitar faltas laborales.
La Asamblea Legislativa también tiene en estudio una disposición especial para que, en los casos en los que el DUI se envía de la forma tradicional, sea el consulado el que haga el proceso por correo en cada país, para evitar que los compatriotas tengan que hacer el segundo viaje.
La comisión de relaciones exteriores analiza una propuesta de ley de apostilla electrónica, que se sumará al proceso de votación y emisión del DUI, al darles legalidad a los documentos que tengan su respaldo en dispositivos electrónicos.
Otra medida que el Órgano Legislativo emitió fue exonerar del pago de impuestos aduanales a todos los artículos que los salvadoreños trajeran en las festividades decembrinas y que no fueran para fines comerciales. El beneficio es para aquellos artículos que no superen los $3,000 de valor y estará vigente hasta el 31 de enero de 2022.
Las diferentes comunidades de salvadoreños en el exterior han agradecido a la Asamblea Legislativa la disposición por trabajar para ellas.