El Tribunal Supremo Electoral (TSE) ya ha dado a conocer las personas que formarán parte de las Juntas Receptoras de Votos (JRV) para las próximas elecciones del 4 de febrero y 3 de marzo; la participación de los ciudadanos es obligatoria, por tanto es importante revisar en la página web de la institución si ha sido seleccionado.
El no cumplir con estas disposiciones, puede llevar a una serie de consecuencias, entre ellas algunas sanciones.
De acuerdo con el artículo 242 del Código Electoral, «quien se negare sin justa causa a desempeñar los cargos de miembro de cualquiera de los organismos electorales o abandonare el cargo» será sancionado con una multa desde $25 a $114.28 dólares.
Dichas multas «serán impuestas por el Tribunal, tomando en cuenta la categoría del cargo no desempeñado o abandonado y la capacidad económica del infractor».
Además, el Código Electoral también establece que las personas que «no cancelen la multa en el plazo establecido en el artículo 255 de este código, serán sujetos, por orden del Tribunal, de restricción migratoria, de emisión de antecedentes penales y policiales; de reposición, renovación o modificación del documento único de identidad; de refrenda de licencia de conducir, según el Tribunal estime conveniente, mientras no se cumpla con el pago de la sanción impuesta».
Las restricciones mencionadas anteriormente durarán hasta un máximo de tres a cinco años, según se especifica. En ese sentido el artículo 255 dicta que deben ser canceladas en los ochos días posteriores a la notificación de la multa.
Por otra parte, en cuanto a las personas que no hayan participado, habiendo sido convocados; o que se hayan retirado previo al escrutinio preliminar, el Código explica que deberán presentar la justificación por escrito, y con pruebas que consideren necesarias al TSE, durante tres días hábiles posteriores a la fecha que se llevó a cabo la elección.
Esto se puede hacer a través del correo electrónico que la institución determine. El TSE se encargará de evaluar las pruebas, y emitir una resolución sobre el caso.
Agrega que, una vez que el plazo para presentar la justificación haya vencido (el cual es de 72 horas tras ser notificado), y esta no se haya entregado, las inasistencias o abandonos, se tendrán por «injustificadas» y el TSE procederá entonces a notificar a los sancionados «mediante resolución que se fijará en un lugar público de la alcaldía municipal respectiva, durante cinco días hábiles contados a partir de la fecha de dicha fijación».
El TSE acordó seleccionar de forma aleatoria del padrón electoral nacional a un total de 102,855 salvadoreños sin afiliación partidaria para integrar las 8,562 Juntas Receptoras de Votos (JRV) para las elecciones generales de 2024.
Puede consultar si forma parte de una JRV a través del enlace de la siguiente nota: