Habiendo ya claramente explicado en mi columna de la semana pasada lo relativo a la cantidad de constituciones que hemos tenido en este país y a los modelos de Estado que se han adoptado, está claro entonces por qué me refiero a la adopción de una nueva Constitución como la Constitución que fundaría la cuarta república, esto es, al cuarto tipo o modelo de Estado que adoptaríamos para el país.
Explicado pues lo anterior, puedo ahora pasar a explicar cuáles son las fundamentaciones teórico-políticas, sociológicas, económicas, históricas y hasta psicológicas que respaldan, a mi juicio, terminar con el actual orden constitucional, terminar con la actual expresión de poder político que es el Estado y su instrumento de expresión normativo de ese poder, que es el Derecho.
¿Cuándo surgen, cuándo afloran las manifestaciones de necesidad de terminar una determinada configuración del poder político en forma de Estado en una sociedad? ¿Cuándo comienzan a aparecer signos de agotamiento de un sistema político contemplado en un sistema fundacional del Estado? ¿Cuándo comienzan a emerger esas sinergias, esa «masa crítica» necesaria, que indican que el viejo orden de cosas fundacionales debe ser sustituido por uno nuevo? ¿Cuándo comienza a surgir una especie de convencimiento colectivo que es necesario realizar un nuevo pacto social, que es lo que al final y en buenas cuentas viene a ser la adopción de una nueva Constitución? ¿Cuándo una determinada población comienza en forma más o menos generalizada a demandar que exista un nuevo pacto entre ellos que configure de diferente forma el sistema político nacional? ¿Cuándo una determinada sociedad considera que el actual orden político-jurídico constitucional heredado de generaciones pasadas, pensado por cabezas, intereses, concepciones, ideología, visiones y percepciones del individuo, del mundo, de la sociedad, de los derechos fundamentales, del funcionamiento de las relaciones sociales y hasta de cierta visión clasista de la sociedad, completamente distintos a los actuales? ¿Cuándo en un conglomerado social comienzan a emerger los convencimientos de que los fines para los que ordinariamente se constituye el Estado, incluso aquellos considerados en el mismo orden fundacional que se quiere cambiar, ya no se cumplen o lo hacen de forma deficitaria? ¿Cuándo una considerable mayoría de personas en una sociedad comienza a identificar y a entender que el orden constitucional vigente, el orden político-jurídico, fue configurado en un «pacto social» poco representativo, inconsulto, que además responde en forma casi exclusiva y reproduce fundamentalmente los intereses de determinadas élites económicas, que por su poder económico lograron influir para que el
Estado se configurara de determinada manera para satisfacer única y exclusivamente sus fines particulares? ¿Cuándo un grupo social se da cuenta de que el orden orgánico de un Estado es deficiente y ya no sirve para cumplir con los ideales dogmáticos, con la doxa que se expresa en los derechos fundamentales de la misma Constitución? ¿Cuándo el grupo social comienza a exigir que haya un nuevo pacto realmente consensuado, discutido, deliberado, de forma ampliamente debatido, con inclusión de todos los sectores vivos de la sociedad, de toda índole, para que ese pacto en realidad se pueda llamar un verdadero pacto social y no un «pacto social» casi impuesto, de una generación de concepciones ideológicas históricamente desechadas en el contexto de una brutal guerra civil? En buenas cuentas, pues, ¿cuándo en el seno de una sociedad comienzan a emerger los liderazgos y las voces que sirven de catalizadores de ese sentimiento de que ese viejo orden político, de ese viejo pacto sociopolítico, de ese viejo Estado, de ese viejo orden jurídico, de ese viejo estamento político debe ser desechado porque ya no responde a las necesidades de una generación con concepciones distintas de la realidad, del individuo y hasta del mundo? ¿Y las mentadas cláusulas pétreas? ¿Pétreas? Del latín «petrus, petri», o sea piedra. ¿Que una limitación, que una imposibilidad de aplicarle el proceso de reforma constitucional a ciertos artículos de la misma Constitución –que es lo que en el fondo son esas mentadas «cláusulas pétreas»–, que esa figura le va a impedir a una sociedad darse para sí misma una nueva Constitución, refundar la república? Debe ser digno de un mal y vulgar chiste, cuando una sociedad decide constituir un nuevo Estado –una nueva república, en nuestro caso–, esas fulanas cláusulas pétreas salen volando por los aires hasta caer a la mitad del mar. Pero nos preguntamos ¿existe el deseo de la sociedad de un nuevo pacto social, el de una nueva república? Me parece que este es el momento histórico para ello, y de ser así sería la Constitución de la cuarta república.
Continuará…