El Tribunal Sancionador de la Defensoría del Consumidor multó a «La Playa 503» por la difusión de publicidad ilícita que atenta contra la dignidad e integridad de la mujer, informaron las autoridades.
Explicaron el restaurante difundió publicidad ilegal, al contener lenguaje con estereotipos denigrantes e incitar a la comisión de conductas que podían poner en riesgo su integridad las mujeres.
El anunció en cuestión fue difundido por el negocio en septiembre de 2020 para promocionar sus ofertas en cervezas. Ante esta infracción el establecimiento tendrá que pagar una multa de 50 salarios mínimos equivalentes a $15,208.50.
Este caso fue denunciado ante el Tribunal Sancionador en septiembre de 2020, por el presidente de la Defensoría del Consumidor, Ricardo Salazar, en defensa de las personas consumidoras.
Durante el procedimiento administrativo, Salazar demostró ante dicho Tribunal que la publicidad ordenada por el restaurante, no cumplió con los parámetros legales permitidos y que su contenido incitaba a la realización de conductas que vulneraban la integridad de la mujer, además, de utilizar un lenguaje discriminatorio y peyorativo.
En tal razón, El Tribunal Sancionador ha otorgado a «La Playa 503», un plazo máximo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente de la notificación de la resolución sancionatoria (11 de junio de 2021) para pagar la multa en la Dirección General de Tesorería del Ministerio de Hacienda, de lo contrario certificará su ejecución forzosa ante la Fiscalía General de la República.