Los partidos políticos que competirán en las elecciones generales de 2024 deberán remitir mañana al Tribunal Supremo Electoral (TSE) sus propuestas de integrantes para conformar las Juntas Receptoras de Votos (JRV), de acuerdo con el calendario para el voto nacional.
El Código Electoral indica que 120 días antes de un evento electoral los partidos políticos, coaliciones y candidatos no partidarios acreditados para su inscripción deben remitir al TSE la propuesta de ciudadanos para integrar las JRV, «con separación de municipios, los cuales deberán ser tomados prioritariamente por el Tribunal para la integración de dicho organismos».
Según la ley, si los partidos políticos no envían las propuestas al TSE en el día establecido (6 de octubre en esta ocasión), o si las propuestas son pocas y no se logra completar la cantidad de miembros de cada JRV, el organismo electoral deberá realizar un sorteo entre los ciudadanos inscritos en los padrones de los municipios para escoger a quienes integrarán los organismos temporales.
De hecho, según el calendario electoral, desde el 16 hasta el 20 de octubre el TSE tiene planificado llevar a cabo dicho sorteo para elegir al quinto integrante de las JRV.
Noel Orellana, magistrado del TSE, expresó en una entrevista para «Diario El Salvador» que este sorteo, además de completar las JRV, también fomenta la participación política de los ciudadanos durante los procesos electorales, lo cual, según el funcionario, es saludable para el fortalecimiento de la democracia.
Sin embargo, no cualquier ciudadano puede ser integrante de una JRV, según el Código Electoral debe ser una persona salvadoreña, mayor de 18 años, de reconocida honradez, que sepa leer y escribir correctamente y «no debe tener ninguna de las inhabilidades que indica la Constitución de la República [auto de prisión formal, enajenación mental, interdicción judicial, conducta viciada, condena por delito]» y tampoco debe tener ninguna afiliación partidaria.
Las funciones que desempeñan las JRV el día de los comicios contemplan recibir los paquetes que contienen los materiales y documentos electorales que se usan durante la votación; realizar el escrutinio preliminar, voto por voto, tras finalizar la jornada electoral y consignar los resultados en las actas.
Deben devolver a las Juntas Electorales Municipales (JEM) los materiales y documentos electorales; velar por cumplir la ley electoral y las disposiciones relativas a las elecciones; y otras labores que les asigne el TSE.
Para las elecciones de 2024 el TSE estima habilitar 8,821 JRV a escala nacional, 370 puntos más que para las elecciones de 2021, cuando se abrieron 8,451.