La Ley Especial para el Ejercicio del Sufragio en el Extranjero, aprobada el pasado 18 de octubre por la Asamblea Legislativa, establece dos modalidades de votación para los salvadoreños que residen fuera de El Salvador: remota por internet y electrónica presencial.
La diferencia entre ambos mecanismos es que el primero solo podrá ser utilizado por la diáspora que tenga Documento Único de Identidad (DUI) con domicilio en el extranjero; mientras que los connacionales que tengan DUI con direcciones de residencia en El Salvador deberán votar vía electrónica presencial, es decir, tendrán que asistir a consulados o centros de votación que habilitará el Tribunal Supremo Electoral (TSE) en el exterior.
De acuerdo con la nueva ley del sufragio en el extranjero, la votación remota por internet deberá tener una duración de 30 días e iniciará un mes antes del 4 de febrero de 2024, fecha en la que se celebrarán las elecciones presidenciales y de diputados de la Asamblea Legislativa.
Según el TSE, hasta noviembre de 2022 se reportaron 579,911 salvadoreños domiciliados en el exterior, quienes estarán inscritos, según la ley, en el Registro Electoral para el Voto Electrónico, con el fin de garantizar la transparencia en los procesos de votación y evitar cualquier señalamiento de fraude electoral.
Dora Esmeralda Martínez, presidenta del TSE, asegura que la ley del voto en el exterior «tiene candados de seguridad» que no dejan espacio para que se den casos de doble votación, usurpación de identidad o que se irrumpa el voto secreto.
Además, la magistrada afirmó recientemente que la institución iniciará este año una serie de campañas para dar a conocer a los connacionales el funcionamiento que tendrá la plataforma que se adoptará para emitir el voto en el extranjero, con el fin de que haya una socialización previa con la modalidad electrónica.
Martínez aseguró que el TSE no dejará sola a la diáspora en este avance electoral, que marcará un precedente para el sistema de votación salvadoreño; asimismo, señaló que la normativa avalada por la nueva Asamblea Legislativa es clara en definir cómo debe ser ejecutado el mecanismo de votación remota por internet.
«Dicha modalidad deberá contar con mecanismos de seguridad, tales como una prueba electrónica de vida u otra manera de autenticar la identidad del elector que el tribunal estime conveniente, a fin de garantizar los resultados electorales confiables. Estos mecanismos de seguridad deben ser ágiles, fáciles y deberán ejecutarse al momento del ejercicio del sufragio», establece la ley.
También faculta al TSE a contratar una empresa para crear un sistema seguro al que la diáspora podrá acceder con medidas biométricas para emitir el voto, y con el que recibirá un comprobante luego de haberlo hecho de forma exitosa.