Hace 20 años, en la presentación de una interesante publicación de la Universidad de Salamanca, España, titulada «Fraude y corrupción en la administración pública», se expresaba lo siguiente: «La corrupción en el sector público supone uno de los problemas que existen actualmente en todo el mundo, causante directo o indirecto de fenómenos económicos, políticos y sociales que tienen en común el afectar negativamente a buena parte de la humanidad».
El fenómeno descrito, en las últimas décadas, parece haber sido consustancial a la realidad salvadoreña, en la que se han conocido casos de enriquecimiento ilícito e incremento patrimonial injustificado de exfuncionarios y empleados públicos, sin que el sistema de justicia emprendiera su persecución, como la mostrada en los últimos tiempos en que ha dado paso a la extinción del dominio sobre bienes ilícitamente adquiridos.
En el contexto de la persecución y lucha contra la corrupción en el sector público, deben ser ubicadas las palabras que el presidente de la república dirigió a su gabinete en pleno, en su última reunión: no se trató de ningún regaño o amenaza, simplemente un llamado de atención encaminado a efectuar un trabajo transparente y llevar a cabo las tareas de control dentro de los parámetros exigidos por las leyes vigentes, enfatizando que su incumplimiento trae aparejadas consecuencias jurídicas.
Para quienes están familiarizados con temas como la responsabilidad penal de las personas jurídicas, la cultura del «compliance», o simplemente con las actuales tendencias de la política criminal internacional, el discurso presidencial les habría parecido de lo más normal; sin embargo, es necesario que el conglomerado social se vaya empapando de algunos conceptos, que, no obstante, tienen su origen en el derecho comparado, han sido castellanizados.
La cultura del «compliance», parafraseando a Eloy Velasco y Beatriz Saura, está referida al estricto cumplimiento normativo, a la cultura de la ética corporativa y al sometimiento a la ley en cualquiera de sus ámbitos por parte de la empresa. En sus inicios, se trató de un tema al que preeminentemente se sometían las empresas privadas, pero atañe de igual forma a la empresa pública.
En cuanto al «whistleblowing», como lo expresa la profesora de la Universidad de Castilla-La Mancha Beatriz García-Moreno, es una forma de prevenir la corrupción en la administración. En su traducción más simple al castellano se define como denunciante. Por tanto, de eso trató lo expuesto por el presidente de la república a su gabinete, los llamó a hacer un trabajo ético y a que no solo evitaran quebrantar ese mandato, sino a evitar que los subalternos lo quebranten. En términos simples, les pidió que cumplieran su rol de garantes.
La objetivación de lo mandatado requiere de la administración pública crear o fortalecer los mecanismos de prevención existentes, mejorando los denominados canales de denuncia que permitan conocer los hechos contrarios a la ley que se cometan, sancionando a los responsables y brindando las debidas medidas de protección al denunciante. Solo así trascenderemos de la teoría a la práctica hacia mejores derroteros.