Cedo este espacio para que muchos lectores se enteren de un hecho trascendental en la legislación de nuestro país. Algo que jamás otro gobierno siquiera consideró posible que se tratara como necesidad fundamental para garantizar la vida de los animales de compañía y silvestres, dando respuestas o complementos a las leyes ambientalistas en general, estableciendo una cultura de protección para estas especies… o digamos con propiedad: para todas las especies.
Al fin un gobierno se hace eco de este clamor popular por la protección de estos animales. Y sigo aprendiendo, porque vemos en crónicas y noticias internacionales muchos casos de protección animal y no sabía que existe una ley o declaración universal de estos derechos y resulta que no solo una, sino varias resoluciones internacionales han sido tratadas mundialmente, o sea, sí ha sido preocupación siempre:
«Texto definitivo de la Declaración Universal de los Derechos del Animal, adoptado por la Liga Internacional de los Derechos del Animal y por las ligas nacionales afiliadas tras la 3.ª Reunión sobre los Derechos del Animal, Londres, 21 al 23 de septiembre de 1977. La declaración proclamada el 15 de octubre de 1978 por la Liga Internacional, las ligas nacionales y las personas físicas asociadas a ellas fue aprobada por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco) y, posteriormente, por la Organización de las Naciones Unidas (ONU)».
Detenernos en este artículo, en estas declaraciones, no es posible por espacio, y además que cualquier lector interesado en esta materia solo va a internet y encuentra suficiente material de apoyo para respaldar la reciente iniciativa de nuestra Asamblea Legislativa.
La curiosidad por las respuestas controvertidas y casi insólitas de la oposición por la creación de esta ley, como escritor me causó hasta gracia, por no decir estupefacción, ya que era imposible que por esta ley también hicieran alharaca de algo tan natural y humano por parte de los legisladores.
Veamos solo el preámbulo de esas leyes internacionales de protección a los animales de compañía y silvestres:
Considerando que todo animal posee derechos.
Considerando que el reconocimiento por parte de la especie humana del derecho a la existencia de las otras especies de animales constituye el fundamento de la coexistencia de las especies en el mundo.
Considerando que la educación implica enseñar, desde la infancia, a observar, comprender, respetar y amar a los animales.
Bueno, ahí vemos una introducción de lo que piensan los países ¿más civilizados que nosotros? No; es solo una respuesta que se da justamente en estos tiempos modernos, donde ya no existe el coleo de toros, y creo que ni las corridas de toros, ¿y las peleas de gallos?, sí, y muchos de esos espectáculos venidos desde épocas remotas. Pero hoy, en siglo XXI, no tienen sentido, porque el hombre ya debe estar civilizado; hasta en los países más atrasados debe tenerse un sentimiento más elevado por estas criaturas. Aunque muchas de estas especies, por naturaleza, se sirven en la buena mesa como alimento exquisito, ya no puede ser espectáculo su muerte. El hombre por naturaleza no es carnívoro, es vegetariano, hacia allá deberá ir el camino, ante la posible extinción de esos «manjares de carne y hueso».
Uno de los artículos fundamentales en esas leyes nos dice: «El hombre, en tanto que especie animal, no puede atribuirse el derecho a exterminar a los otros animales o explotarlos violando su derecho. Tiene la obligación de poner sus conocimientos al servicio de los animales».