¿Sabías que el contenido neto es la cantidad de producto que contiene un empaque, el cual se declara en la etiqueta, en peso neto, volumen o cantidad de unidades?
Para garantizar que las personas consumidoras están pagando por la cantidad que reciben, periódicamente la Defensoría del Consumidor (DC) realiza verificaciones del contenido neto. Esta comprobación se hace auxiliándonos de nuestro laboratorio de cantidad de producto en preempacado, para asegurar que los proveedores de productos alimenticios cumplen el Reglamento Técnico Centroamericano (RTCA 01.01.11:06), Cantidad de Producto en Preempacados.
El artículo 4, literal c, de la Ley de Protección al Consumidor (LPC) dispone que todos los consumidores deben recibir la información completa de los productos, dentro de lo cual se incluye el contenido neto del producto, que de acuerdo con la disposición legal citada, debe ser preciso y veraz, es decir, que no sea falso o susceptible de sufrir variaciones en algún momento en perjuicio del consumidor, lo que significa que en este caso el contenido del producto siempre debe ser exacto con lo declarado en la etiqueta.
En congruencia con lo anterior, la protección de los consumidores se ve robustecida con otro instrumento legal para prevenir prácticas que lesionen sus derechos e intereses y garantizar que un producto posee el peso cabal. Se trata del RTCA 01.01.11:06, vigente en El Salvador, que para tal fin establece los procedimientos en planes de muestreo que sirven para verificar la cantidad real de productos entregados a los consumidores.
Este RTCA establece criterios técnicos, y si dichos productos se encuentran fuera de los rangos regulados, pues incumplen con el reglamento técnico, se considera una infracción que vulnera los intereses difusos de las personas consumidoras al poner a su disposición productos envasados con contenido neto fuera de la norma técnica obligatoria, conforme a lo establecido en el artículo 7, inciso primero, y artículo 44, literal h, de la LPC, sancionada con multa hasta de 500 salarios mínimos.
La actuación preventiva de la Defensoría del Consumidor en el mercado de alimentos para garantizar que los productos cumplen con los parámetros establecidos por el RTCA 01.01.11:06. confirman cada vez más que los proveedores son más respetuosos de los consumidores. Para el caso, de junio 2019 a la fecha nueve de cada 10 análisis de contenido neto han registrado cumplimiento de conformidad con el RTCA 01.01.11:06. Los resultados son alentadores y seguiremos avanzando y comprometidos con la protección de los salvadoreños.
De un total de 3,415 inspecciones que fueron verificadas, el contenido neto de los productos preempacados desde junio de 2019 hasta la fecha, 3,083 (90.28 %) cumplieron con el RTCA y 332 (9.72 %) resultaron con algún tipo de hallazgo de incumplimiento, que pasaron a conocimiento del Tribunal Sancionador de la DC para que proceda con la sanción administrativa que podría llegar hasta los 500 salarios mínimos de multa por ser una infracción muy grave.
Así que, si fuere el caso que al regresar con tus compras habituales consideras que un producto preempacado contiene menos cantidad de la que declara en la etiqueta, puedes dar aviso a la Defensoría del Consumidor, auxiliándote de nuestro WhatsApp 7844-1482 o del teléfono 910.
De igual forma, es importante destacar que los ensayos de laboratorio y el proceso de inspección que efectúa la Defensoría del Consumidor cuentan con la credibilidad, confianza y la exactitud en las mediciones que, en consecuencia, le han otorgado el reconocimiento de ser una institución técnicamente capaz y comprometida con la protección de los consumidores, procurando equilibrio, certeza y seguridad jurídica en sus relaciones con los proveedores y, a su vez, fortaleciendo las competencias del talento humano en la vigilancia del mercado y la mejora continua en sus procesos.
¡Más presentes que nunca!